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Proponen usar inmuebles de la Ciudad para personas en situación de calle

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Publicado: 16 / 04 /2020

Proponen usar inmuebles de la Ciudad para personas en situación de calle

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El legislador del Frente de Todos (FdT), Juan Manuel Valdés, presentó un proyecto de ley para brindar contención a las personas en situación de calle.

Entre los puntos más destacados de la iniciativa se encuentra la utilización de los inmuebles de dominio privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se encuentren desocupados y cuyo uso principal sea “habitacional” en los términos del Registro Único de Bienes Inmuebles para albergar a personas en situación de vulnerabilidad en el marco de la pandemia del coronavirus.

Además el proyecto contempla la creación de un Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil Voluntarias que pongan sus instalaciones a disposición. A partir del registro, Valdés propone un subsidio para las parroquias, iglesias, clubes de barrio, centros culturales, centros de jubilados y toda organización de la sociedad civil que ponga a disposición su espacio para albergar a Personas en Situación de Calle y Personas en riesgo de Situación de Calle durante la emergencia sanitaria.

En los fundamentos, Juan Manuel Valdés explicó: “En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hay 7251 personas en situación de calle o riesgo de estarlo, de acuerdo con el 2° Censo Popular de Personas en Situación de Calle, llevado adelante por la Defensoría del Pueblo de CABA, la Auditoría General de la Ciudad (AGCBA) y más de 50 organizaciones de la sociedad civil, para julio del 2019”.

Sobre las viviendas a utilizar, Valdés comentó: “De acuerdo con información proporcionada por el Ministerio de Desarrollo Económico de CABA, centralizada en el Registro Único de Bienes Inmuebles (RUBI), el Gobierno de la ciudad cuenta con al menos cinco inmuebles desocupados cuyo uso principal es habitacional, tres localizados en el barrio de Flores (comuna 7), uno en Almagro (comuna 5) y otro en San Cristóbal (comuna 3)”.

Para finalizar, Juan Manuel Valdés expresó: “Dado que la población en situación de calle sufre la violación sistemática del derecho a la integridad de las personas consagrado en el artículo 12 inciso 1, como de la violación del derecho a la vivienda digna y hábitat adecuado consagrado en el artículo 31, ambos de nuestra Constitución de la Ciudad, poner a disposición los espacios físicos ociosos con los que ya cuenta el Gobierno de la Ciudad es una medida razonable que busca atender de manera inmediata la seguridad habitacional y sanitaria de esta población. En simultáneo, es una de las maneras de evitar erogaciones innecesarias”.



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