Aprueban ley que regula los «food trucks» en la ciudad

Ciudad

Publicado: 25 / 11 /2016

Aprueban ley que regula los «food trucks» en la ciudad

(Ciudad)

La iniciativa determinó que será el Ministerio de Ambiente y Espacio Público el organismo que fijará los lugares, días y horarios para el funcionamiento de estos vehículos gastronómicos, pero quedó taxativamente legislado que no podrán estar a menos de 200 metros de donde haya comercios fijos de expendio de comidas o bebidas, como restaurantes y bares.

La norma, además, contempla como impedimentos para los “carritos” la venta de bebidas alcohólicas, la publicidad sonora o visual que contamine el medioambiente, arrojar desperdicios o efluentes a la vía pública y el uso de una superficie que exceda a la habilitada.

Se les exigirá, además, que ofrezcan productos para celíacos, para diabéticos, alimentos y bebidas bajos en sodio, frutas y verduras.

«Se entiende por vehículo gastronómico a todo módulo que en su interior esté adaptado para la cocción, elaboración, preparación o expendio de alimentos y bebidas. Podrá ser un módulo con motor incorporado o acarreado por motor», define el segundo artículo de la ley.

Y aclara que la elaboración de alimentos se permitirá «siempre que cumplan con lo dispuesto en materia de habilitaciones, higiene y seguridad alimentaria, debiendo contar el permisionario con el personal que haya realizado y aprobado el curso de manipulación de alimentos».

Para obtener la habilitación del vehículo gastronómico y el permiso de uso se requerirá poseer capacidad suficiente para la elaboración de comidas y bebidas, ser responsable inscripto ante la AFIP, poseer libreta sanitaria y contar con la categoría correspondiente de Ingresos Brutos.

Al respecto, Francisco Quintana, presidente del bloque PRO y uno de los autores de la iniciativa, sostuvo que «los vecinos van a poder contar con una nueva alternativa de comida sana, fresca y saludable en aquellos puntos donde hoy no existe una oferta gastronómica».


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