Condenan a un policía por declarar que un prostíbulo era una casa de familia

Barrio de Flores

Publicado: 05 / 12 /2020

Condenan a un policía por declarar que un prostíbulo era una casa de familia

(Barrio de Flores)

Al subinspector de la Policía Federal Sergio David Rodríguez un juez lo envió a verificar un domicilio situado a metros de la Plaza Pueyrredón, en el corazón del centro comercial de Flores, de donde una chica dijo haberse escapado, ya que allí la explotaban sexualmente. Pero, en su informe, dijo que luego de su inspección ocular había verificado que el lugar señalado no era un prostíbulo sino «una casa de familia». Era mentira. Ahora, el Tribunal Oral Federal N°2 porteño lo condenó a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación por el mismo tiempo por falso testimonio y encubrimiento agravado.

En tanto, el inspector de la misma fuerza, Néstor Jorge Barros, quien también se encontraba acusado de los mismos delitos, fue absuelto por el tribunal. En este sentido, los jueces coincidieron parcialmente con el fiscalía general Abel Córdoba, que en su alegato había requerido tres años y seis meses de prisión para los dos uniformados. En su sentencia, los jueces también rechazaron los planteos de prescripción e insubsistencia por plazo razonable esgrimidos por la defensa. El próximo viernes 18 de diciembre se conocerán los fundamentos del fallo.

El oficial Rodríguez ya había sido condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N°20 por cuatro hechos de falsedad ideológica, en el contexto de una causa en la que se investigaba el encubrimiento de la cúpula de la comisaría 38ª a prostíbulos del barrio de Flores. La investigación fue desdoblada y dio origen al proceso que concluyó en el nuevo juicio y la sentencia dictada.

Según informó el Ministerio Público en su portal institucional fiscales.gob.ar, el fiscal Córdoba sostuvo que «las pruebas de las conductas de falsedad ideológica y encubrimiento de ambos imputados se encuentran documentadas por ellos mismos», en referencia a los policías de la comisaría.

Según informó el Ministerio Público en su portal institucional fiscales.gob.ar, el fiscal Córdoba sostuvo que «las pruebas de las conductas de falsedad ideológica y encubrimiento de ambos imputados se encuentran documentadas por ellos mismos», en referencia a los policías de la comisaría.

Asimismo, el Ministerio Público Fiscal había señalado que el «deber de actuar con veracidad» fue quebrantado por los acusados, ya que el «análisis de los lineamientos evidencian una actuación policial contrario a la normativa internacional, procesal y penal que les era exigible a ambos».

Una llamada realizada al 911 por una mujer el 2 de julio del 2009 fue lo que dio comienzo a la investigación. La denunciante detallaba haber sido víctima de un secuestro y que se encontraba cautiva en Fray Cayetano Rodríguez 120, donde, afirmó, era forzada a mantener relaciones sexuales sin su consentimiento.

A instancias de esa denuncia telefónica, el juzgado de turno ordenó a la Policía Federal -entonces a cargo de la seguridad metropolitana- que corroborara el domicilio y que realizara averiguaciones relativas a la titularidad de la línea telefónica desde donde había salido la llamada.

Según se publicó en fiscales.gob.ar, «en este contexto se perpetraron las acciones del subinspector Rodríguez, quien habría asistido al lugar, pero luego sostuvo que en la dirección señalada había una ‘casa de familia'», aunque «tenía registros de infracción a la ley de profilaxis, en el domicilio y en las inmediaciones, y allí funcionaba un local clandestino en el cual se ofrecían servicios sexuales bajo la denominación de fantasía ‘La Casona de Flores'».


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