Sancionan ley que regula los geriátricos

Ciudad

Publicado: 31 / 10 /2016

Sancionan ley que regula los geriátricos

(Ciudad)

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó una norma de Geriatría que para «la actualización y readecuación de la Ley vigente en materia de regulación de establecimientos geriátricos, haciendo especial hincapié en el consentimiento del adulto mayor, la protección de sus derechos y la promoción de una mejor calidad de vida dentro de los establecimientos residenciales y Centros de Día». La iniciativa fue impulsada por la diputada Graciela Ocaña y sus pares Marcelo Depierro y Diego García Vilas (CP); Mercedes de las Casas (PRO) y Natalia Fidel (SUMA+).

La sanción del proyecto que tuvo despacho de mayoría de las Comisiones de Salud y de Políticas de Promoción e Integración Social, involucra «a todo establecimiento privado residencial o no, que tenga como fin brindar servicios de alojamiento, alimentación, higiene, recreación y/o atención médica y psicológica no sanatorial a personas mayores de 60 años, en forma permanente o transitoria, a título oneroso o gratuito».

Los establecimientos tendrán diversas clasificaciones y se dividirán según el estado particular de sus concurrentes: Residencias para personas mayores autoválidas, Hogares de Día para personas mayores autoválidas, Residencia para personas mayores con dependencia, Residencia para personas mayores con soporte de psiquiatría, Hogar de Día para personas mayores con soporte de psiquiatría, Residencia para personas mayores de alta dependencia con padecimientos crónicos y Casa de Residencia.

Las Residencias para personas mayores y los Hogares de Día deberán tener como mínimo capacidad para albergar a seis residentes, mientras que las Casas de Residencia, tendrán capacidad para hasta cinco residentes. Asimismo, la reglamentación determinará el máximo de camas por metro cuadrado.

La ley otorga el derecho a los alojados y concurrentes a decidir su ingreso o egreso de la institución y a circular libremente dentro y fuera de la misma, salvo orden judicial o médica expresa; a la seguridad y a una vida sin ningún tipo de violencia, a no ser sometida a tortura ni a pena ni a tratos crueles, inhumanos o degradantes; a no permanecer aislada en el establecimiento -salvo orden judicial o médica expresa-; a la educación, cultura, nuevas tecnologías, a la recreación, al esparcimiento y al deporte.


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